Ya es oficial: ¡Prohibida la caza del lobo en toda España!

La protección integral del lobo ya es oficial en toda España. Hasta ahora en España se capturaban cada año, de forma legal, cerca de 100 lobos. Pero a partir de hoy, con el nuevo estatus de protección otorgado a la especie, se prohíbe su caza en todo el territorio nacional. 

El lobo ibérico ha sido incluido en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (LESPRE), tras la publicación en el BOE de la orden ministerial que modifica el desarrollo de este listado. La orden ha recibido el respaldo del Consejo de Estado que ha considerado que la decisión de incluir al lobo en el listado está suficientemente justificada, cuenta con una base científica sólida y responde al principio de precaución.

La orden entrará en vigor de manera inmediata y unificará los criterios de protección de la especie en todo el país.

Respaldo científico contra la caza de lobos

Esta decisión es avalada en el informe de evaluación del Comité Científico emitido en 2020, que entiende que el estancamiento de la población de lobo ibérico observado en los últimos años y la congelación de su área de distribución -a pesar de la existencia de hábitats adecuados para su desarrollo más allá del noroeste peninsular-, se ha producido como consecuencia de la elevada tasa de mortandad no natural que soporta la especie, motivo por el cual su estado de conservación entra dentro de la categoría de desfavorable inadecuado. Por tanto, es “necesario promover un cambio en el modelo de gestión que las comunidades autónomas afectadas han aplicado hasta la fecha”.

El lobo ya no es una especie cinegética

Hasta ahora, en España se capturaban cada año, de forma legal, unos 100 lobos. Como consecuencia del cambio de estatuto jurídico de las poblaciones de lobo situadas al norte del Duero, estas dejarán de ser consideradas objeto cinegético en aquellas comunidades que hasta ahora autorizaban su caza.

A partir de ahora perseguir a un lobo pasará a ser un delito tipificado en el artículo 334 del Código Penal. Este delito conlleva una pena de prisión de seis meses a dos años, una multa de ocho a 24 meses y la inhabilitación especial para profesión u oficio y para el ejercicio del derecho de cazar o pescar de dos a cuatro años.

Actualmente, solo podrán ser autorizadas capturas y extracciones de manera justificada cuando todas las medidas de prevención se hayan revelado ineficaces; con la garantía científica de que no comprometerán el buen estado de conservación de la especie y ante la evidencia de daños importantes o recurrentes en la actividad ganadera.


La respuesta de los cazadores

Los cazadores no han tardado en responder a la nueva ordenanza, y ya han dicho que recurrirán ante la Audiencia Nacional la orden que prohíbe cazar el lobo en toda España.

También ha habido reacciones de rechazo en las autonomías afectadas. Juan Carlos Suárez-Quiñores, consejero de Fomento y Medio Ambiente de Castilla y León, la comunidad en la que más lobos habitan, ha declarado que están “radicalmente en contra de esa iniciativa».

Suárez-Quiñones ha anunciado la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la orden. Lo harán de forma coordinada con el resto de comunidades afectadas: Galicia, Asturias y Cantabria, que presentarán sus propios recursos.

 

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